Los sujetos obligados deberán publicar en la Plataforma Nacional y en sus portales de internet, en forma permanente y actualizada, con acceso al público y mediante procesos informáticos sencillos y de fácil compresión, y de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de carácter común, por lo menos, de los temas documentos y políticas que a continuación se señalan:

  FRACCIONES    
I Marco Normativo  
II Estructura orgánica completa  
III Facultades de cada área  
IV Metas y objetivos de programas relevantes  
V Indicadores de interés público  
VI Indicadores objetivos y resultados  
VII Directorio  
VIII Remuneraciones  
IX Gastos de representación y viáticos  
X Número total de plazas y personal  
XI Contrato de servicios profesionales  
XII Declaraciones patrimoniales  
XIII Domicilio de la Unidad de transparencia  
XIV

Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos, los requisitos, los procesos de selección, evaluación y los resultados de los mismos; NO APLICA

 
XV

La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente: a) Área; b) Denominación del programa; c) Período de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m) Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente; p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y q) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo. NO APLICA

 
XVI Contratos o convenios laborales  
XVII Currículum de los servidores públicos  
XVIII Listado de Sanciones a servidores  
XIX Servicios y requisitos  
XX Trámites, requisitos y formatos  
XXI Presupuesto asignado    
XXII

La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable; NO APLICA

 
XXIII Montos destinados a la comunicación y publicidad  
XXIV Auditorías  
XXV Estados financieros  
XXVI

Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos; NO APLICA

 
XXVII

Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos, así como las clausuras, multas, suspensiones, revocaciones o cualquier procedimiento administrativo que se realice, con sus resoluciones emitidas en el mismo, especificando la falta administrativa, los procedimientos, el fundamento, vigencia, tipo, términos, condiciones y modificaciones;

 
XXVIII

La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente: a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida: 1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo; 2. Los nombres de los participantes o invitados; 3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican; 4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución; 5. Las convocatorias e invitaciones emitidas; 6. Los dictámenes y fallo de adjudicación; 7. El contrato y, en su caso, sus anexos; 8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda; 9. Nombre de la persona física o moral responsable de vigilar la obra o el servicio contratado; 10. La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable; 11. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva; 12. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración; 13. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados; 14. El convenio de terminación; y 15. El finiquito.

 
     
XXIX Informes  
XXX Estadísticas  
XXXI Informes presupuestales  
XXXII Padrón de proveedores y contratistas  
XXXIII Convenios con el sector social y privado  
XXXIV Inventario de bienes muebles  
XXXV Recomendaciones  
XXXVI Resoluciones y Laudos  
XXXVII Mecanismos de participación ciudadana  
XXXVIII

Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, el estado o los resultados de los programas realizados, el número de participantes logrados con datos demográficos desagregados, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos; NO APLICA

 
XXXIX Actas y resoluciones del comité  
XL

Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos; NO APLICA

 
XLI

Los estudios financiados con recursos públicos; NO APLICA

 
XLII Listado de jubilados y pensionados  
XLIII

Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos; NO APLICA

 
XLIV

Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie; NO APLICA

 
XLV Catálogo de disposición y guía de archivo  
XLVI

Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emita, en su caso, el Consejo Consultivo; NO APLICA

 
XLVII

Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente;NO APLICA

 
XLVIII

Los nombres con fotografía de los inspectores, visitadores o supervisores, por áreas, en el caso de los sujetos obligados donde exista dicha figura, de conformidad a la normatividad aplicable; NO APLICA

 
XLIX Mecanismos de presentación directa de peticiones, opiniones, quejas, denuncias o sugerencias Descargar QUEJAS Y DENUNCIAS  
L Cualquier otra información